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Procedimiento administrativo de reasignación sexo-genérica y el principio de interés superior del menor

Amparo indirecto 1886/2021

Ficha de sentencia

Datos generales

Número de expediente

1886/2021

Circuito

TRIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO

Órgano

Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche

Tipo de asunto

Amparo indirecto

Fecha de Emisión

15/08/2022

Materia

ADMINISTRATIVA

Título sentencia

Procedimiento administrativo de reasignación sexo-genérica y el principio de interés superior del menor

Palabras clave

Procedimiento de reasignación sexo-genérica

Niña niño y adolescente

Principio de interés superior del menor

Persona transexual o transgénero

Derecho a la identidad sexual y de género

Principio del libre desarrollo de la personalidad

Contenido de la sentencia

Hechos del caso

Los padres de un menor de edad, en representación de éste, promovieron un juicio de amparo indirecto en contra de la negativa por parte del Director del Registro Civil del Estado de Campeche de realizar una reasignación sexo-genérica y cambio de nombre en su acta de nacimiento, tras argumentar que requería de una resolución judicial en la que se acreditara la nueva personalidad del solicitante. En su demanda, los padres del menor señalaron que con dicha negativa se vulneraron los derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad de su hijo.

Sintesis

El Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche consideró fundados los argumentos de los padres del menor quejoso y determinó que el acto reclamado emitido por el Director del Registro Civil del Estado de Campeche se encontraba sustentado en normas inconstitucionales, las cuales violentan el derecho de identidad auto percibida del menor quejoso. De este modo, el Juzgado determinó que las reglas que prevén dicho procedimiento, al limitar el cambio de nombre y reasignación sexo-genérica a través de un procedimiento judicial, ignoraban el hecho de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido previamente que la vía idónea para realizar dicho trámite es la administrativa registral, ya que constituye la vía menos lesiva de los derechos a la igualdad y no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad de las y los solicitantes. Por lo anterior, concedió el amparo al menor quejoso para efecto de que la autoridad responsable expida en su favor un acta de nacimiento por reconocimiento de identidad de género sin asentar anotación marginal alguna ni aludir en absoluto al que tenía antes.

Relaciones semánticas

 
Texto de la sentencia

Contenido de la sentencia

Palabras clave