1886/2021
TRIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO
Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Amparo indirecto
15/08/2022
ADMINISTRATIVA
Procedimiento administrativo de reasignación sexo-genérica y el principio de interés superior del menor
Procedimiento de reasignación sexo-genérica
Niña niño y adolescente
Principio de interés superior del menor
Persona transexual o transgénero
Derecho a la identidad sexual y de género
Principio del libre desarrollo de la personalidad
Los padres de un menor de edad, en representación de éste, promovieron un juicio de amparo indirecto en contra de la negativa por parte del Director del Registro Civil del Estado de Campeche de realizar una reasignación sexo-genérica y cambio de nombre en su acta de nacimiento, tras argumentar que requería de una resolución judicial en la que se acreditara la nueva personalidad del solicitante. En su demanda, los padres del menor señalaron que con dicha negativa se vulneraron los derechos fundamentales a la igualdad y no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad de su hijo.
El Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Campeche consideró fundados los argumentos de los padres del menor quejoso y determinó que el acto reclamado emitido por el Director del Registro Civil del Estado de Campeche se encontraba sustentado en normas inconstitucionales, las cuales violentan el derecho de identidad auto percibida del menor quejoso. De este modo, el Juzgado determinó que las reglas que prevén dicho procedimiento, al limitar el cambio de nombre y reasignación sexo-genérica a través de un procedimiento judicial, ignoraban el hecho de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido previamente que la vía idónea para realizar dicho trámite es la administrativa registral, ya que constituye la vía menos lesiva de los derechos a la igualdad y no discriminación y al libre desarrollo de la personalidad de las y los solicitantes. Por lo anterior, concedió el amparo al menor quejoso para efecto de que la autoridad responsable expida en su favor un acta de nacimiento por reconocimiento de identidad de género sin asentar anotación marginal alguna ni aludir en absoluto al que tenía antes.